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Calendario Fiscal JULIO 2018 – Personas Físicas

En el presente mes las personas físicas deberán cumplir las siguientes obligaciones, según el calendario fiscal del SAT y otras disposiciones vigentes.

A más tardar el 6 de julio

Envío de la contabilidad electrónica correspondiente al mes de mayo 2018*

* Exceptuando las que utilicen la herramienta «Mis cuentas» y las dedicadas a actividades agrícolas, silvícolas o ganaderas que hayan optado por realizar pagos provisionales del ISR en forma semestral.

Fdto Legal: Regla 2.8.1.7. RMF_2018

 

A más tardar el 17 de julio

Presentar los siguientes pagos o declaraciones, correspondientes al mes de junio de 2018:

– Sociedades Cooperativas de Producción:

– Sociedades Cooperativas de Consumo y, las de Ahorro y préstamo:

Fdto Legal: Regla 2.8.5.1. RMF_2018

– Personas físicas con Actividades empresariales y servicios profesionales;  así como las dedicadas al Arrendamiento de bienes inmuebles (dependiendo la actividad que se desarrolle):

    Fdto Legal: Art. 90, 94, 96, 97, 106, 114 y 116 Ley del ISR; 1-A y 5-F Ley del IVA; Regla 2.8.5.1 RMF_2018

– Personas físicas del Sector Primario:

   * Solamente si las actividades se realizan por cuenta propia y si se optó por presentar la declaración de forma semestral.

    Fdto Legal: Regla 1.3. de la Resolución de Facilidades Administrativas (RFA) para 2018

 

Días adicionales para efectuar declaraciones de pago *
18-07-2018 Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 1 o 2
19-07-2018 Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 3 o 4
20-07-2018 Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 5 o 6
23-07-2018 Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 7 u 8
24-07-2018 Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 9 o 0

* Se recuerda que, esta opción no aplica para los contribuyentes que:

 

A más tardar el 30 de julio**

Presentación del Dictamen Fiscal correspondiente al ejercicio 2017:

**  Siempre que al 15-07-2018, las contribuciones estén pagadas y asentadas en el anexo “Relación de contribuciones por pagar”; ya que, en caso contrario, el dictamen se considerará extemporáneo.

   Fdto Legal: Art. 32-A, y 52 CFF; Art. 58 RCFF; Regla 2.13.2. y Anexo 16 RMF_2018

 

A más tardar el 31 de julio

Presentar las siguientes declaraciones:

– Declaración Bimestral del Régimen de Incorporación Fiscal: Pago del ISR, IEPS e IVA correspondiente al tercer bimestre (mayo – junio) del año en curso.

   Fdto Legal: Art. 111 y 112 Ley del ISR; 5-E Ley del IVA; 5-D Ley IEPS; Regla 2.9.2.  RMF_2018

– Declaración informativa mensual de Operaciones con Terceros (DIOT) para efectos del impuesto al valor agregado: Pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA, correspondiente al mes de junio de 2018.

   Fdto Legal: Art. 32 Ley del IVA; Capítulo 4.5. RMF_2018

– Declaración informativa trimestral del IEPS, correspondiente al segundo trimestre (abril, mayo, junio) del año:

    Fdto Legal: Art. 19 Ley del IEPS; Capítulo 5.2. RMF_2018

 

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