Reglas de Comercio Exterior – Cuarta modificación

 

Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 5 de marzo de 2021.

Cambios incluidos:

1. Se reformaron las reglas:

  • 3.7.20. Retención y multa por falta de etiquetado (Anexo 26).
  • 4.5.31. Beneficios para la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte. (Fracción XXV).

2. Se adicionaron dos nuevas reglas:

  • 3.3.21. Autorización para la importación de menaje de casa durante la emergencia sanitaria generada por el SARS-CoV2 (COVID-19).
  • 3.4.10. Despacho aduanero de mercancías que serán importadas de manera definitiva a la Región Fronteriza de Chetumal, así como su reexpedición al resto del territorio nacional.

3. Se actualizaron los Anexos 1, 1-A, 4, 16 y 22 de las RGCE para 2020:

  • Anexo 1-A. Trámites de Comercio Exterior.
  • Anexo 4. Horario de las aduanas.
  • Anexo 16. Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de mercancías que inicien el tránsito internacional en la frontera norte y lo terminen en la frontera sur del país o viceversa.
  • Anexo 22. Instructivo para el llenado del Pedimento.

 


Transitorios:

Primero. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

Segundo. Para efectos de la regla 1.1.2., lo dispuesto en la regla 3.7.20., así como en la ficha de trámite 148/LA del Anexo 1-A, es aplicable a partir del 08 de febrero de 2021.

 

Consultar 4aRM – RGCE 2020

 

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