Calendario Fiscal NOVIEMBRE 2019 – Personas Morales

En el presente mes las personas morales deberán cumplir las siguientes obligaciones fiscales y además, de corresponderles, atenderán el inicio de vigencia de nuevos lineamientos, de acuerdo con el calendario del SAT y otras disposiciones vigentes.

A más tardar el 1 de noviembre

  • Presentar la información de las operaciones realizadas por cuenta de los integrantes:
    • Operadores de consorcios petroleros (por cada contrato en el que cuenten con tal carácter y respecto de cualquier ejercicio previo).
      Aplica únicamente para aquellos operadores que hubiesen presentado la declaración informativa de al menos un contrato, dentro del plazo establecido* en el artículo 32, Apartado B (fracción IV) de la Ley de Impuestos sobre Hidrocarburos (LISH).

* a más tardar el pasado 15 de febrero

Fundamento Legal: Art. Noveno Transitorio de la 1a. Resolución de Modificaciones a la RMF de 2019.

A partir del 1 de noviembre

  • Cancelar y expedir nuevamente (ingresando como método de pago PPD) las facturas de las operaciones realizadas durante el mes de octubre de 2019 con promesa de pago posterior (método PUE) que no hayan sido liquidadas en su totalidad el último día de dicho mes:
    • Personas morales* que optaron por aplicar la facilidad de hacer el CFDI de ingresos de la operación capturando como método de pago “PUE”, aunque no recibieran el monto total de la misma al momento de llevarla a cabo.

*Excepto las integrantes del sector financiero que pueden considerar el día 17 del siguiente mes como la fecha límite para recibir los pagos de dichas operaciones.

Fundamento Legal: Regla 2.7.1.44. de la RMF vigente.

A más tardar el 3 de noviembre

  • Envío de la información correspondiente al mes de septiembre de 2019 sobre la determinación del tipo de hidrocarburo o petrolífero; así como de los CFDI o pedimentos asociados a la adquisición y enajenación de dichos bienes o a los servicios que tuvieron por objeto los mismos:
    • Personas morales obligadas a llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos conforme a la regla 2.6.1.2. de la miscelánea fiscal.

Fundamento Legal: Reglas 2.8.1.7. (fracción III), 2.6.1.3. y Anexo 30 de la RMF vigente.

A más tardar el 5 de noviembre

  • Envío de la Contabilidad electrónica correspondiente al tercer trimestre (meses de julio, agosto y septiembre) de 2019:
    • Personas morales pertenecientes al Sistema Financiero.
      *En tres archivos separados (uno por cada mes).
  • Envío de la Contabilidad electrónica mensual correspondiente al mes de septiembre 2019:
    • Demás personas morales distintas a las integrantes del Sistema financiero; exceptuando las que utilicen la herramienta “Mis cuentas” y las dedicadas a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca (que hayan optado por realizar pagos provisionales del ISR de forma semestral).

Fundamento Legal: Regla 2.8.1.7. de la RMF vigente.

  • Emitir los CFDI de Retenciones del ISR e IVA, correspondientes al mes de octubre de 2019, a los prestadores de servicios de transporte terrestre de pasajeros o entrega de alimentos preparados:
    • Personas morales* y entidades o figuras jurídicas extranjeras proveedoras de plataformas digitales para prestar dichos servicios, que hayan optado por retenerles los impuestos de forma mensual a los conductores y repartidores.
* Residentes en México o en el extranjero con o sin establecimiento permanente en el país.

Fundamento Legal: Regla 3.11.12. de la RMF vigente.

A más tardar el 10 de noviembre

  • Emitir los CFDI con complemento de Pagos (REP) por los pagos en parcialidades o diferidos (PPD) recibidos durante el mes de octubre 2019.

Fundamento Legal: Regla 2.7.1.35. de la RMF vigente.

A más tardar el 11 de noviembre

Presentar las siguientes declaraciones informativas mensuales, correspondientes al mes de octubre de 2019:

  • Información de los depósitos en efectivo:
    • Instituciones del Sistema Financiero que hayan optado por presentar la información de manera mensual.

Fundamento Legal: Art. 55 de la Ley de ISR; Regla 3.5.12., 3.5.13., 3.5.14. y Ficha de trámite 74/ISR del Anexo 1-A, de la RMF vigente.

  • Información de las cuentas, los depósitos, servicios, fideicomisos, créditos o préstamos otorgados a personas físicas y morales u otras operaciones, para efectos del cobro de créditos fiscales o del procedimiento de ejecución:
    • Entidades Financieras y Sociedades cooperativas de Ahorro y préstamo.

Fundamento Legal: Art. 32-B del CFF; Regla 2.15.1. y Ficha de trámite 163/CFF del Anexo 1-A de la RMF vigente.

A más tardar el 19 de noviembre

Presentar los siguientes pagos y declaraciones, correspondientes al mes de octubre de 2019:

  • Declaraciones Mensuales de Sociedades Cooperativas:
    • Sociedades Cooperativas de producción: Declaración de ISR, IVA y, en su caso, IEPS; así como, el entero mensual de las retenciones del ISR o IVA efectuadas.
    • Sociedades Cooperativas de Consumo y, las de Ahorro y préstamo: Declaración de IVA y, en su caso, de retenciones del ISR e IVA.
  • Coordinados:
    • Declaración y pago provisional mensual de retenciones de ISR por Sueldos y salarios.
    • Declaración del ISR propio.
    • Declaración del IVA.

Fundamento Legal: Art. 10, 12, 14, 71, 72, 74, 75, 84, 87, 96 y 106 de la Ley del ISR; Art. 1-A y 5-D de la Ley del IVA; Regla 2.8.5.1. de la RMF vigente.

  • Intermediarios financieros:
    • Efectuar el entero de la retención por ingresos devengados, obtenidos por las personas físicas propietarias de los certificados de fideicomisos accionarios a que se refiere la regla 3.2.13.

Fundamento Legal: Regla 3.2.10. de la RMF vigente.

  • Instituciones que componen el sistema financiero:
    • Realizar el entero de la retención que se efectúe de pagos por intereses.

Fundamento Legal: Art. 54 de la Ley del ISR.

Adicional a lo anterior:

  • Contribuyentes que reciban pagos o donativos en efectivo en moneda nacional o extranjera; así como en piezas de oro y/o plata, cuyo monto sea superior a 100 mil pesos:
    • Presentar la información de las contraprestaciones o donativos recibidos.

Fundamento Legal: Art. 76, 82, 110, 118 y 128 de la Ley del ISR; Ficha de trámite 1/ISR del Anexo 1-A de la RMF vigente.

  • Productores e importadores de tabacos labrados:
    • Informar el precio de enajenación de cada producto (tabacos labrados), valor y volumen de los mismos; así como el peso total de tabacos labrados enajenados o, en su caso, el total de cigarros enajenados.

Fundamento Legal: Art. 19 de la Ley del IEPS; Reglas 5.2.1. y 5.2.16. de la RMF vigente.

  • Organizaciones Civiles y Fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles:
    • Presentar la información relativa a operaciones realizadas con partes relacionadas o donantes.

Fundamento Legal: Art. 82 de la Ley del ISR; Regla 3.10.12. y Ficha de trámite 20/ISR del Anexo 1-A de la RMF vigente.

Días adicionales para efectuar declaraciones de pago *
20-11-2019 Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 1 o 2
21-11-2019 Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 3 o 4
22-11-2019 Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 5 o 6
25-11-2019 Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 7 u 8
26-11-2019 Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 9 o 0

* Esta opción no aplica para los contribuyentes que:

  • Opten por dictaminar sus estados financieros.
  • Consolidan sus estados financieros (empresas integradoras e integradas).
  • Están considerados como grandes contribuyentes, conforme al Reglamento Interior del SAT.
  • Sean personas morales obligadas a presentar la declaración informativa de su situación fiscal, en los términos del artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación.

A más tardar el 30 de noviembre

  • Incorporar en los Estatutos sociales y/o Contratos de fideicomiso la cláusula irrevocable de transmisión de patrimonio y de los donativos no utilizados:
    • Asociaciones civiles y Fideicomisos autorizados, con sexto dígito numérico del RFC 9 y 0, que hayan obtenido en el 2018, ingresos superiores a 1 millón y menores a 2 millones de pesos (M.N.).

Fundamento Legal: Regla 3.10.20. y Ficha de Trámite 16/ISR del Anexo 1-A de la RMF vigente.

A más tardar el 02 de diciembre

Presentar las siguientes declaraciones:

  • Declaración informativa de Operaciones con Terceros (DIOT versión 1.2.1.) correspondiente al mes de octubre de 2019 (Pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA):
    • Aplica para las Sociedades Cooperativas de Producción, de Consumo y, de Ahorro y préstamo; Coordinados y Empresas del Sector Primario.

Fundamento Legal: Art. 32 de la Ley del IVA; Capítulo 4.5. de la RMF vigente.

  • Declaración informativa de Operaciones Relevantes (Forma Oficial 76) correspondiente tercer trimestre (julio, agosto y septiembre) de 2019:
    • Integrantes del Sistema Financiero.
    • Demás personas morales con operaciones, cuyo monto acumulado en el ejercicio sea igual o superior a 60 millones de pesos.

Fundamento Legal: Art. 25 de la Ley de Ingresos (LIF); Art. 7 de la Ley del ISR; Regla 2.8.1.16 y Ficha de trámite 230/CFF “Declaración informativa de operaciones relevantes” del Anexo 1-A de la RMF vigente .

 

En MYSuite te mantenemos informado para que puedas cumplir tus obligaciones fiscales y evitar inconvenientes en los controles y las auditorías electrónicas que realice el SAT.

Si tienes cualquier duda en temas relacionados con la emisión, validación y/o cancelación de facturas (CFDI) y sus complementos fiscales, contáctanos.

 

 

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