En el presente mes las personas morales deberán cumplir las siguientes obligaciones fiscales de acuerdo con el calendario del SAT y otras disposiciones vigentes.
A partir del 1 de octubre
- Cancelar y expedir nuevamente (ingresando como método de pago PPD) las facturas de las operaciones realizadas durante el mes de septiembre de 2019 con promesa de pago posterior (método PUE) que no hayan sido liquidadas en su totalidad el último día de dicho mes:
- Personas morales* que optaron por aplicar la facilidad de hacer el CFDI de ingresos de la operación capturando como método de pago “PUE”, aunque no recibieran el monto total de la misma al momento de llevarla a cabo.
*Excepto las integrantes del sector financiero, quienes pueden continuar considerando el día 17 del siguiente mes como la fecha límite para recibir los pagos que liquiden dichas operaciones.
Fundamento Legal: Regla 2.7.1.44. de la RMF vigente.
A más tardar el 3 de octubre
- Envío de la Contabilidad electrónica mensual correspondiente al mes de agosto 2019:
- Personas morales, exceptuando las integrantes del Sistema financiero; las que utilicen la herramienta “Mis cuentas” y las dedicadas a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca (que hayan optado por realizar pagos provisionales del ISR de forma semestral).
Fundamento Legal: Regla 2.8.1.7. de la RMF vigente.
- Envío de la información del mes de agosto 2019 sobre la determinación del tipo de hidrocarburo o petrolífero; así como de los CFDI o pedimentos asociados a la adquisición y enajenación de dichos bienes o a los servicios que tuvieron por objeto los mismos:
- Personas morales obligadas a llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos conforme a la regla 2.6.1.2. de la miscelánea fiscal.
Fundamento Legal: Reglas 2.8.1.7. (fracción III), 2.6.1.3. y Anexo 30 de la RMF vigente.
A más tardar el 5 de octubre
- Emitir los CFDI de Retenciones del ISR e IVA correspondientes al mes de septiembre de 2019 a los prestadores de servicios de transporte terrestre de pasajeros o entrega de alimentos preparados:
- Personas morales* y entidades o figuras jurídicas extranjeras proveedoras de plataformas digitales para prestar dichos servicios, que hayan optado por retenerles los impuestos de forma mensual a los conductores y repartidores.
* Residentes en México o en el extranjero con o sin establecimiento permanente en el país.
Fundamento Legal: Regla 3.11.12. de la RMF vigente.
A más tardar el 10 de octubre
- Emitir los CFDI de Pago pendientes de los pagos recibidos en parcialidades o diferidos (PPD) durante el mes de septiembre 2019.
Fundamento Legal: Regla 2.7.1.35. de la RMF vigente.
- Presentar las siguientes declaraciones informativas mensuales, correspondientes al mes de septiembre de 2019:
- Información de los depósitos en efectivo:
- Instituciones del Sistema Financiero que hayan optado por presentar la información de manera mensual.
Fundamento Legal: Art. 55 de la Ley de ISR; Regla 3.5.12., 3.5.13., 3.5.14. y Ficha de trámite 74/ISR del Anexo 1-A, de la RMF vigente.
- Instituciones del Sistema Financiero que hayan optado por presentar la información de manera mensual.
- Información de las cuentas, los depósitos, servicios, fideicomisos, créditos o préstamos otorgados a personas físicas y morales u otras operaciones, para efectos del cobro de créditos fiscales o del procedimiento de ejecución:
- Entidades Financieras y Sociedades cooperativas de Ahorro y préstamo.
Fundamento Legal: Art. 32-B del CFF; Regla 2.15.1. y Ficha de trámite 163/CFF del Anexo 1-A de la RMF vigente.
- Entidades Financieras y Sociedades cooperativas de Ahorro y préstamo.
- Información de los depósitos en efectivo:
A más tardar el 17 de octubre
Presentar los siguientes pagos y declaraciones, correspondientes al mes de septiembre de 2019:
- Declaraciones Mensuales de Sociedades Cooperativas:
- Sociedades Cooperativas de producción: Declaración de ISR, IVA y, en su caso, IEPS; así como, el entero mensual de las retenciones del ISR o IVA efectuadas.
- Sociedades Cooperativas de Consumo y, las de Ahorro y préstamo: Declaración de IVA y, en su caso, de retenciones del ISR e IVA.
- Coordinados:
- Declaración y pago provisional mensual de retenciones de ISR por Sueldos y salarios.
- Declaración del ISR propio.
- Declaración del IVA.
Fundamento Legal: Art. 10, 12, 14, 71, 72, 74, 75, 84, 87, 96 y 106 de la Ley del ISR; Art. 1-A y 5-D de la Ley del IVA; Regla 2.8.5.1. de la RMF vigente.
- Intermediarios financieros:
- Efectuar el entero de la retención por ingresos devengados, obtenidos por las personas físicas propietarias de los certificados de fideicomisos accionarios a que se refiere la regla 3.2.13.
Fundamento Legal: Regla 3.2.10. de la RMF vigente.
- Instituciones que componen el sistema financiero:
- Realizar el entero de la retención que se efectúe de pagos por intereses.
Fundamento Legal: Art. 54 de la Ley del ISR.
Adicionalmente:
- Contribuyentes que reciban pagos o donativos en efectivo en moneda nacional o extranjera; así como en piezas de oro y/o plata, cuyo monto sea superior a 100 mil pesos:
- Presentar la información de las contraprestaciones o donativos recibidos.
Fundamento Legal: Art. 76, 82, 110, 118 y 128 de la Ley del ISR; Ficha de trámite 1/ISR del Anexo 1-A de la RMF vigente.
- Productores e importadores de tabacos labrados:
- Informar el precio de enajenación de cada producto (tabacos labrados), valor y volumen de los mismos; así como el peso total de tabacos labrados enajenados o, en su caso, el total de cigarros enajenados.
Fundamento Legal: Art. 19 de la Ley del IEPS; Reglas 5.2.1. y 5.2.16. de la RMF vigente.
- Organizaciones Civiles y Fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles:
- Presentar la información relativa a operaciones realizadas con partes relacionadas o donantes.
Fundamento Legal: Art. 82 de la Ley del ISR; Regla 3.10.12. y Ficha de trámite 20/ISR del Anexo 1-A de la RMF vigente.
Días adicionales para efectuar declaraciones de pago * |
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18-10-2019 | Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 1 o 2 |
21-10-2019 | Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 3 o 4 |
22-10-2019 | Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 5 o 6 |
23-10-2019 | Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 7 u 8 |
24-10-2019 | Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 9 o 0 |
* Esta opción no aplica para los contribuyentes que:
- Opten por dictaminar sus estados financieros.
- Consolidan sus estados financieros (empresas integradoras e integradas).
- Están considerados como grandes contribuyentes, conforme al Reglamento Interior del SAT.
- Sean personas morales obligadas a presentar la declaración informativa de su situación fiscal, en los términos del artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación.
A más tardar el 31 de octubre
Presentar las siguientes declaraciones:
- Declaración informativa de Operaciones con Terceros (DIOT versión 1.2.1.) correspondiente al mes de septiembre de 2019 (Pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA):
- Aplica para las Sociedades Cooperativas de Producción, de Consumo y, de Ahorro y préstamo; Coordinados y Empresas del Sector Primario.
Fundamento Legal: Art. 32 de la Ley del IVA; Capítulo 4.5. de la RMF vigente.
- Declaración informativa trimestral del IEPS, correspondiente al Tercer trimestre (julio, agosto, septiembre) de 2019:
- Aplica a las Sociedades Cooperativas de Producción, de acuerdo con las actividades que se desarrollen.
Fundamento Legal: Art. 19 de la Ley del IEPS; Capítulo 5.2. de la RMF vigente.
Te recordamos que, con MYSuite siempre estarás informado para cumplir en tiempo tus obligaciones fiscales. Si tienes cualquier pregunta sobre temas de facturación, contáctanos y con gusto te apoyaremos.