Se publicó una nueva modificación a la miscelánea fiscal vigente que contiene información relevante para determinado sector de personas físicas y morales; sin embargo, la regla o disposición de la ampliación del plazo para la aplicación del estímulo fiscal de IVA en la zona de la frontera, anunciado en días pasados según declaraciones del Procurador Fiscal de la Federación durante el Congreso “Reformas 2019” continúa pendiente.
Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación dof.gob.mx.
Cambios presentados
1. Se adiciona una fracción III a la regla 2.1.6. “Días inhábiles”, en la que se establece que el periodo de suspensión de los términos en los procesos iniciados y plazos para hacer trámites en la sección de Veracruz “5”, debido a la imposibilidad de acceso a las instalaciones y a los expedientes físicos y electrónicos, se mantendrá hasta nuevo aviso.
* La anterior fracción III, pasó a ser la fracción IV de esta regla.
2. Se actualizó el factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero al inicio del ejercicio fiscal; el cual es de 0.0290 (Regla 3.16.11.).
Transitorios:
Primero. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.